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AYUDA DE PROTECCION SOCIAL URGENTE

06.02.2014

Prestación económica de carácter urgente dirigida a cubrir necesidades básicas de subsistencia:

  • gastos de alimentación, vestido e higiene de primera necesidad
  • gastos relacionados con el uso y mantenimiento de la vivienda habitual: luz, agua, gas, alquiler, amortización de créditos contraídos por compra de vivienda habitual
  • gastos derivados de alojamiento temporal por imposibilidad de residir en la vivienda habitual por insalubridad, higiene o catástrofe sobrevenida
  • gastos de endeudamiento por alguno de los conceptos anteriormente señalados, con una antigüedad máxima de 6 meses.
  • Otros gastos que puedan ser valorados como necesidades básicas para prevenir, paliar o evitar situaciones de exclusión, PREVIA AUTORIZACIÓN POR LA DIRECCION GENERAL DE POLITICA SOCIAL Y FAMILIAS

 

Ver toda la infomación detallada en documento adjunto


Actualizado: 06.02.2014