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PLAN REACTIBA

01.12.2020

PREGUNTAS FRECUENTES

PREGUNTAS FRECUENTES

 

- ¿PUEDEN SOLICITAR LA AYUDA DE LA LÍNEA 1 (CESE DE ACTIVIDAD) AQUELLAS EMPRESAS QUE, AUNQUE NO ESTABAN OBLIGADAS AL CIERRE POR EL REAL DECRETO 463/2020, DE 14 DE MARZO DE 2020, CESARON EN SU ACTIVIDAD ECONÓMICA?

Sí, siempre que puedan acreditar documentalmente dicho cese.

 

- ¿UNA COMUNIDAD DE BIENES PUEDE SOLICITAR LA AYUDA?

Sí, siempre que tenga gastos subvencionables (facturas) a nombre de dicha comunidad de bienes. Se solicita una sola ayuda por comunidad de bienes.

 

- ¿SE TIENEN QUE PRESENTAR TODAS LAS FACTURAS DE LAS QUE DISPONGA LA EMPRESA O AUTÓNOMO SOLICITANTE DESDE EL 14 DE MARZO AL 30 DE SEPTIEMBRE?

No, solamente aquella/as de importe al menos igual a la ayuda solicitada.

 

- ¿PUEDEN SOLICITAR LAS AYUDAS LOS QUE TENGAN EL LOCAL DE DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD EN EL MUICIPIO DE BADAJOZ, AUNQUE TENGAN EL DOMICILIO FISCAL FUERA?

Entre los requisitos necesarios para poder ser solicitante de las ayudas se establece que será necesario que el domicilio fiscal y, en su caso, el local/es de desarrollo de la actividad, se encuentren en el municipio de Badajoz.

 

- ¿SE PUEDE CONSIDERAR COMO GASTOS SUBVENCIONABLES LOS GASTOS DEL IBI DEL LOCAL AFECTO A LA ACTIVIDAD?

 

No, no se encuentra dentro de los gastos subvencionables establecidos en las bases de la convocatoria.

 

- ¿PARA ACOGERSE A LAS AYUDAS DE LA LÍNEA 1, ES NECESARIO ACREDITAR HABER RETOMADO LA ACTIVIDAD CON ANTERIORIDAD A LA PUBLICACIÓN EN EL BOP DEL EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA?

 

Si es necesario y deberá acreditarse por algún medio válido al alcance del solicitante.


Actualizado: 01.12.2020