Proyectos cofinanciados
Proyectos cofinanciados por la Unión Europea
A través de los distintos fondos de cohesión (FSE, FEDER, ..) desde la Comisión Europea se apoya a instituciones locales y regionales a dar respuesta a los retos de empleo, innovación, cambio climático y eficiencia energética, educación y exclusión social actuales.
Fondos comunitarios
La política de cohesión constituye la principal política de inversión de la UE. Su objetivo es apoyar la creación de empleo, la competitividad empresarial, el crecimiento económico, el desarrollo sostenible y la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos en todas las regiones y ciudades de la Unión Europea (una estrategia para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador).
La UE se propone lograr cinco objetivos específicos para 2020 en materia de empleo, innovación, educación, inclusión social y clima/energía. Cada Estado miembro se ha marcado sus propias metas nacionales en estos ámbitos.
A fin de lograr estos objetivos y responder a las diversas necesidades en materia de desarrollo de todas las regiones de la UE, se han reservado 351.800 millones de euros (casi un tercio del presupuesto total de la UE) para la política de cohesión 2014-2020.
El Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), el Fondo Social Europeo (FSE), el Fondo de Cohesión (FC), el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) constituyen la principal fuente de inversión a escala de la UE para ayudar a los Estados miembros a restablecer y aumentar el crecimiento y garantizar una recuperación que genere empleo, al tiempo que garantizan el desarrollo sostenible, en consonancia con los objetivos de la estrategia Europa 2020. Estos Fondos persiguen objetivos de actuación complementarios, y su gestión está compartida entre los Estados miembros y la Comisión.
Comunicación de información sobre fraudes o irregularidades que afecten a fondos europeos
Si desea poner en conocimiento del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude hechos que puedan ser constitutivos de fraude o irregularidad en relación con proyectos u operaciones financiados con cargo a fondos procedentes de la Unión Europea, puede utilizar el canal habilitado al efecto por el citado Servicio, y al que se puede acceder a través del siguiente enlace.
Los aspectos fundamentales del citado canal de comunicación se encuentran contenidos en la Comunicación 1/2017, de 6 de abril, del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude, que puede consultar en el apartado de normativa y otra documentación.
Con carácter previo a la eventual remisión de información puede usted plantear a dicho Servicio, a través de la siguiente dirección de correo electrónico (consultasantifraude@igae.hacienda.gob.es), las cuestiones que estime oportunas en relación con la forma y requisitos con los que la información debe ser remitida, el tratamiento que se dará a la misma, y, en general, cualquier aspecto relativo a la remisión de información a través del presente canal de comunicación.
Asimismo, y siempre que excepcionalmente no sea posible la utilización de los citados medios electrónicos, los hechos podrán ponerse en conocimiento del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude en soporte papel mediante el envío de la documentación en sobre cerrado a la siguiente dirección postal:
Servicio Nacional de Coordinación Antifraude
Intervención General de la Administración del Estado
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Calle María de Molina 50, planta 12. 28006. Madrid.