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Aprobación definitiva del Estudio de Detalle de reordenación de volúmenes en la manzana 5.2 del Sector SUB-CC-6.1-5 del PGM de Badajoz (18708/23).

08.08.2024

 

 

A  N  U  N  C  I  O

 

El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz en sesión celebrada con fecha 27 de junio de 2024 y tras la tramitación del oportuno procedimiento, adoptó acuerdo de aprobación definitiva del siguiente Estudio de Detalle:

 

Clase de instrumento urbanístico

Estudio de Detalle

Instrumento que desarrolla o complementa

Plan General Municipal de Badajoz.

Clasificación del suelo

Urbano

Delimitación del ámbito afectado

Manzana 5.2. Plan Parcial SUB-CC-6.1-5.

Promotor y arquitecto redactor

Aurelio Gridilla S.A. / CANU J.T. S.L. – Arquitecto D. José Javier Arbúes Gabarre.

Objeto

El objeto del presente documento consiste en el establecimiento de la ordenación de volúmenes de la M.5.2 del Plan Parcial SUB-CC-6.1-5, y en especial la determinación de los puntos y niveles de la edificación

Justificación

Las razones por las cuales se pretende proyectar un modelo de manzana que contribuya al modelo de ciudad actual, siempre en el marco normativo del PP 6.5-1 y del PGM 2007, son las siguientes:

• Principalmente por la intención de poder proyectar las llamadas “viviendas pasantes”, dotando a las estancias de doble ventilación y doble iluminación natural, evitando estancias interiores a patios, y por lo tanto con todas las estancias vivideras exteriores a fachada.

• La tipología de bloque con una crujía de catorce (14) metros, genera por una mayor amplitud de espacios libres de parcela.

• Por otro lado, es un modelo tipológico más eficiente y sostenible, que el tradicional bloque en “H” en patio.

• Se trata de un nuevo modelo de construcción de ciudad, evitando los bloques compactos aislados.

Por tanto, la alternativa a los criterios de ordenación en relación a la que se aprobó con el Plan Parcial, es necesario tramitar previa o simultáneamente, el Estudio de Detalle que contenga la nueva ordenación de volúmenes pretendida.

 

 

De acuerdo con el artículo 25.2 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana se procede a la publicación del acuerdo de aprobación definitiva, con el tenor literal siguiente:

 

El Excmo. Ayuntamiento Pleno acuerda, por unanimidad de los presentes (veintiséis asistentes), aprobar lo dispuesto en el dictamen que antecede, en la forma que aparece redactado, dándole carácter de acuerdo corporativo plenario y, en consecuencia:

  • PRIMERO. - APROBAR DEFINITIVAMENTE el Estudio de Detalle de reordenación de volúmenes en la manzana 5.2 del Sector SUB-CC-6.1-5 del PGM de Badajoz.

Habiéndose procedido con 30 de julio de 2024 y con nº BA/033/2024 al depósito del citado Estudio de Detalle en el Registro Único de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, dependiente de la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana, se hace público dicho acuerdo mediante la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, Boletín Oficial de la Provincia y Sede Electrónica de este Excmo. Ayuntamiento de acuerdo con los artículos 57 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de Ordenación Territorial y Urbanística Sostenible de Extremadura (LOTUS), 69 del Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Ordenación Territorial y Urbanística Sostenible de Extremadura (RGLOTUS), y art. 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

 

De acuerdo con los artículos 57 LOTUS y 69 RGLOTUS, el texto íntegro y la documentación completa del Estudio de Detalle aprobado definitivamente, debidamente diligenciado, se encuentra accesible a través de la siguiente dirección electrónica:

 

https://www.aytobadajoz.es/es/ayto/planeamiento/56196/Planeamiento-aprobado

 

Asimismo, puede accederse a la inscripción en el Registro Único de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura a través del siguiente enlace.

 

http://sitex.gobex.es/SITEX/planeamiento?ptofigura=40711

 

El contenido normativo y/o articulado del Estudio de Detalle se detalla en el Anexo I.

 

Contra el presente Acuerdo, en aplicación del artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dado que aprueba una disposición de carácter general, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la presente publicación, de conformidad con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime conveniente.

 

Badajoz, a 7 de agosto de 2024

El Alcalde,

(P.D. Decreto de Alcaldía 2/2/2024– B.O.P. nº 28 de 8/2/2024)

EL TTE.-ALCALDE PRIMERO,

CONCEJAL DELEGADO DE URBANISMO

Fdo. Carlos Urueña Fernández

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO I

ÁMBITO DE APLICACIÓN

El ámbito de aplicación es la submanzana 5.2 del Plan Parcial “Distrito Rosales” SUB-CC-6.1-5 del PGM de Badajoz. La submanzana se encuentra delimitada por los viales “B3”, “C2” e “I” y la submanzana de equipamiento M-EQ-5.3.

OBJETO DEL ESTUDIO DE DETALLE

El objeto del Estudio de Detalle es proponer una ordenación de los volúmenes de la zona definida como alterada, que permita una transición de la volumetría de la edificación (V/IV plantas) de forma escalonada con la edificación propuesta en la submanzana de equipamiento (III plantas), al haberse propuesto mantener una línea de edificación con menor fondo edificable, que permita la ejecución de viviendas pasantes.

Dado el objeto del ED, siendo de iniciativa e inversión privada, no requiere un Estudio Económico Financiero, ni informe de Sostenibilidad.