Registro de Facturas a partir del día 1 DE JUNIO DE 2012
En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 20 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, se ha procedido a la creación de un Registro de Facturas y Certificaciones de Obras (RFC), descentralizad o del Registro General del Ayuntamiento, y complementario al que ya existe en contabilidad, cuya gestión corresponde a la Intervención General de Fondos de este Ayuntamiento. En este Registro, todos los contratistas que realicen trabajos para este Ayuntamiento relativas a contratos administrativos de toda clase (Suministros, Servicios Gestión de Servicios Públicos), excepto los contratos de obras que tienen una tramitación propia y diferente, deberán presentar las facturas y demás documentos emitidos a efectos de justificar las prestaciones realizadas por los mismos.
LAS FACTURAS Y DEMÁS DOCUMENTOS EMITIDOS POR EL CONTRATISTA A EFECTOS DE JUSTIFICAR LAS PRESTACIONES REALIZADAS, SERAN PRESENTADOS (de forma presencial o por correo) PARA SU INSCRIPCIÓN, EN EL REGISTRO DE FACTURAS HABILITADO EN LOS SERVICIOS ECONOMICOS DEL AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ (C/ San Juan, 1)*, EN HORARIO DE 9 a 13 HORAS, UTILIZANDO OBLIGATORIAMENTE PARA ELLO EL FORMULARIO DE SOLICITUD DE REGISTRO DE FACTURAS HABILITADO EN ESTA WEB.
SI ES LA PRIMERA VEZ QUE EL CONTRATISTA FACTURA AL AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ O HA MODIFICADO LOS DATOS EXISTENTES A ESTOS EFECTOS, DEBERÁ ACOMPAÑAR EL MODELO DE ALTA DE TERCEROS DEBIDAMENETE CUMPLIMENTADO QUE SE ENCUENTRA DISPONIBLE TAMBIEN EN LA WEB MUNICIPAL”.
La puesta en marcha del Registro será el próximo día 1 de junio d e 2012, con lo que las facturaciones correspondientes a los meses de junio y siguientes relativas a contratos formalizados y vigentes antes del 1 de junio, que extiendan sus efectos más allá de estafecha, deberán ser presentadas conforme a este nuevo procedimiento diseñado.
(*) A PARTIR DEL DIA 1 DE JUNIO DE 2012 QUEDA PROHIBIDO PRESENTA R LAS FACTURAS EN LOS DISTINTOS SERVICIOS MUNICIPALES, SIENDO NECESARIA LA PRESENTACIÓN DE LA FACTURA EN EL REGISTRO DE FACTURAS HABILITADO EN LOS SERVICIOS ECONOMICOS, UTILIZANDO OBLIGATORIAMENTE EL FORMULARIO DISEÑADO.